
La Corte Suprema ratificó el avance de la causa por el arsenal hallado en 2016 en una sucursal de Coto en Caballito. Los empresarios y varios funcionarios deberán enfrentar juicio oral por presunta tenencia irregular de armas y violación de normas de control.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio aval para que avance a juicio oral la investigación contra los empresarios Alfredo y Germán Coto por la tenencia indebida de armas y material explosivo, tras el hallazgo en 2016 de un arsenal de guerra en una sucursal del supermercado Coto en el barrio porteño de Caballito.
El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó los recursos presentados por la defensa de los empresarios, que buscaba cerrar la causa y mantener los sobreseimientos dictados en instancias anteriores. Los magistrados entendieron que los planteos no se dirigían contra una sentencia definitiva ni equiparable, y por lo tanto ratificaron la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal, que había anulado el sobreseimiento y ordenado continuar el proceso.
Un operativo que reveló un arsenal bajo un pelotero infantil
El origen de la causa se remonta al 30 de agosto de 2016, cuando inspectores de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) —por entonces RENAR— realizaron una inspección en una sucursal de Coto ubicada en Paysandú al 1800, en el barrio de Caballito.
Durante el procedimiento, y tras una denuncia anónima, los agentes descubrieron oculto bajo un pelotero infantil un arsenal compuesto por más de 200 armas de fuego, 2.500 municiones, granadas lacrimógenas, chalecos antibalas, cascos, escudos y un silenciador.
De las 26 armas de fuego relevadas en la primera etapa del operativo, ocho no contaban con credenciales de tenencia, mientras que otras ocho tenían pedido de secuestro. El hallazgo derivó en la apertura inmediata de una causa judicial y en el llamado a indagatoria de los responsables de la compañía y de distintos funcionarios.
De los sobreseimientos al juicio oral
La investigación fue impulsada por la fiscal Paloma Ochoa, quien promovió la acusación por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y suministro de armas contra Alfredo y Germán Coto, cuatro funcionarios de la ANMaC y efectivos de la Policía Federal y de la Prefectura Naval Argentina.
El juez Sebastián Ramos, a cargo de la instrucción, dictó en un primer momento la falta de mérito y luego el sobreseimiento de los empresarios, al considerar que las responsabilidades sobre el control de armas y elementos de seguridad recaían en otros niveles jerárquicos de la compañía.
En ese fallo, Ramos argumentó que “resulta inimaginable que el presidente y vicepresidente de una empresa del tamaño de Coto sean quienes se encarguen del control directo de armas, chalecos, transportes blindados o permisos de tenencia”, y la Cámara Federal confirmó esa postura.
Sin embargo, la Cámara Federal de Casación Penal revocó las resoluciones por considerarlas “prematuras y sin fundamentos suficientes”, y ordenó reexaminar la causa. La Corte Suprema, al rechazar el recurso extraordinario de los empresarios, dejó firme esa decisión, lo que habilita el paso a juicio oral y público.
Las pruebas que comprometen a los empresarios
La Corte coincidió con la Cámara en que existen evidencias suficientes para sostener la acusación y alcanzar el umbral probatorio necesario para avanzar a la siguiente etapa procesal. Entre las pruebas que pesan en el expediente figuran testimonios, actas, documentación interna de la empresa y registros de armas que estaban a nombre de los propios imputados.
En su carácter de usuarios colectivos ante la ANMaC, los Coto tenían obligaciones de control y custodia sobre el material bélico en poder de la empresa. Los peritajes y documentos incautados acreditan que ambos empresarios conocían la existencia del arsenal y tenían capacidad de decisión sobre su uso y resguardo.
Durante los operativos se secuestraron armas registradas a título personal, entre ellas un fusil de repetición calibre .22 y una pistola Uzi 9 mm, esta última a nombre de Germán Alfredo Coto. Además, se encontraron documentos firmados vinculados a la gestión de la seguridad privada de la compañía.
En su declaración, Germán Coto reconoció haber adquirido el subfusil Uzi, pero sostuvo que “nunca fue retirado ni utilizado” porque “le faltaban piezas y debía ser reparado”. No obstante, el hallazgo de armas sin habilitación y municiones en gran cantidad reforzó la hipótesis de una tenencia irregular.
Próxima etapa: juicio oral y público
Con la decisión del máximo tribunal, el expediente vuelve al juzgado de instrucción para la elevación a juicio oral y público, donde se determinará la eventual responsabilidad penal de los empresarios y de los funcionarios imputados.
Será en esa instancia donde las partes deberán exponer las pruebas, testimonios y peritajes que definan si existió una violación a las normas de control de armas y materiales explosivos.
El caso, que volvió a reactivarse tras casi una década de idas y vueltas judiciales, vuelve a colocar bajo la lupa el manejo de armamento dentro de empresas privadas y la supervisión estatal sobre su almacenamiento y control.
De confirmarse las acusaciones, los empresarios podrían enfrentar penas de prisión efectiva, dado que las figuras penales de tenencia indebida de armas de guerra y explosivos tienen sanciones que van de tres a ocho años de prisión, según el Código Penal argentino.
La decisión de la Corte marca un punto de inflexión en una causa que parecía archivada y reabre el debate sobre la responsabilidad empresarial, la regulación del armamento en la seguridad privada y la eficacia de los controles estatales.
A partir de ahora, será la Justicia oral la que defina si Alfredo y Germán Coto deberán responder penalmente por uno de los casos más llamativos en la historia reciente de la seguridad corporativa en la Argentina.

