En un nuevo intento de criminalizar el justo reclamo laboral, los actuales directivos de SANCOR C.U.L. han denunciado nuevamente a sus trabajadoras y trabajadores ante la justicia penal, solicitando el «cese de estado antijuridico» cuyo objetivo persigue disciplinar al personal, sofocando y evitando todo debate y reclamo de derechos laborales.
Estos actuales directivos de la empresa:
Adeudan diferencias salariales a los dependientes de la empresa *desde el año 2017, y continúan pagando en menos.
Evaden al Fisco, descontando de los recibos legales de haberes los montos destinados al sistema de la seguridad social (jubilación y obra social) y no los depositan, se los quedan.
Implementaron un ilegal sistema de «jornadas libres» violando el deber de suministrar ocupación efectiva y sin transitar previamente, como ordena la ley, un procedimiento preventivo de crisis.
Colocaron el flujo de caja fuera de la órbita de la empresa sustrayéndolo de sus acreedores a través de un fideicomiso financiero de administración, a tal punto que ni siquiera SANCOR C.U.L. aparece pagando los sueldos, sino que son depositados en cuenta gotas y en menos por el mencionado fideicomiso.
Realizaron una oferta de pago de la deuda salarial que fue aceptada en asamblea de trabajadoras y trabajadores, y luego no pagaron, no cumplieron.
Es decir que, el infractor que incumple la ley denuncia penalmente a quien reclama que la cumpla. Parece una broma de mal gusto, pero no lo es.
Durante el conflicto laboral generado por estos directivos, las y los trabajadores y la entidad sindical han dado sobradas muestras de paciencia y tolerancia, promoviendo el debate y los puntos de vista referidos a la
situación para que todos puedan Informarse, opinar y decidir libremente,
acatando además las conciliaciones obligatorias dictadas por el organismo
de aplicación, sin que los responsables de la empresa se avinieran a
cumplirlas. En su lugar, y aunque resulte increíble, denunciaron penalmente a las y los trabajadores acusándolos de compeler a otros compañeros y
compañeras a retener la prestación por falta de pago de haberes, cuando
ningún trabajador obligó a otro a hacer lo que no quiera. Nadie dejó de trabajar si no quiso hacerlo, y nadie retuvo la prestación por falta de pago de haberes si no quiso hacerlo. Ningún trabajador ha hecho lo que no ha querido, y nadie puede impedir a las y los trabajadores debatir y discutir con
sus pares con respecto a sus derechos laborales tratando eventualmente de
persuadir y convencer al resto de un determinado punto de vista, dado que,
desempeñándose en la misma empresa, los une un destino laboral común.
CABA, 30 de Julio de 2024
ATILRA